Implante Coclear: quiénes pueden a optar a uno

Fecha de Publicación: 06 Abril 2022
Tiempo de Lectura: 2 Min.

¿Conoces la alternativas para optar a un implante coclear? Por si no lo sabías, puedes acceder mediante el plan AUGE/GES y a través de la Ley Ricarte Soto ¿Cómo debes hacerlo? ¿A partir de qué edad pueden obtenerlo? Todo esto y mucho más te lo contamos en nuestra nota, aquí en Estusalud.

Todos los menores de 4 años de edad que necesitan tratamiento por padecer de hipoacusia moderada, severa y profunda tienen derecho a recibir un implante coclear. Una enfermedad que se caracteriza por la disminución auditiva a consecuencia del daño originado en el oído interno.

¿Cómo pueden obtenerlo?

Los pequeños nacidos a contar del 1 de enero del 2013 y cuenten con una confirmación diagnóstica de la enfermedad realizada por el especialista podrán optar al implante.

¿Qué es un implante coclear?

Es un dispositivo electrónico que se introduce bajo la piel, a través de una cirugía y logra generar un estímulo electrónico, que el cerebro procesa como sonido. En palabras simples, permite que el niño escuche.

¿Cuáles son las alternativas que tiene el paciente para acceder al implante?

El beneficiario podrá acceder mediante el plan AUGE/GES y través de la Ley Ricarte Soto. Si lo realizas por medio de AUGE/GES, puedes hacerlo por medio de Fonasa e Isapre.

Si eres pacientes Fonasa, la atención se realizará de la siguiente manera:

  • Sospecha, mediante consulta en un consultorio, CESFAM, hospital, Centro de Diagnóstico Terapéutico o Centro de Referencia de Salud.
  • Diagnóstico, a través de un Hospital, Centro de Diagnóstico Terapéutico o Centro de Referencia de Salud.
  • Tratamiento, Hospital, Centro de Diagnóstico Terapéutico o Centros de Referencia de Salud.

En el caso que estés afiliado a una Isapre:

  • Sospecha, mediante una consulta de un centro médico privado o clínica privada.
  • Diagnóstico, a través de un centro médico privado o clínica privada.
  • Tratamiento, centro médico privado o clínica privada.

Si eres parte de Fonasa o Isapre, el hospital o clínica debe ser parte de la red de prestadores establecidos.

Además, debes saber que dentro de los beneficios otorgados por GES, están incluidas las cirugías, medicamentos y exámenes, según corresponda.

¿Cuánto debo pagar?

Los beneficiarios de Fonasa que deben cancelar el AUGE, son:

Fonasa Tramo C: Paga 10%

Fonasa Tramo D: Paga 20%

Esto quiere decir que, si necesitas una prestación para la implementación bilateral audífonos, el arancel es de $3.143.830, pero al pertenecer a Fonasa Tramo D o Isapre, el monto a cancelar es de $626.970.

¿Cómo se accede a través de Ley Ricarte Soto?

Todos los menores desde los 4 años de edad con hipoacusia sensorioneural bilateral severa o profunda postlocutiva, que cumplan con los criterios de inclusión.

El médico tratante se debe inscribir en el sistema informático de la Ley Ricarte Soto disponible en la web del Fonasa, para efectuar la postulación del paciente.

Será el especialista, otorrinolaringólogo, quien deberá realizar la postulación del beneficiario a este sistema en la plataforma web del Fonasa.

También será el responsable de aportar de manera íntegra y oportuna toda la información requerida, asegurando la correcta postulación del paciente. De la misma forma, es el médico quien informará al beneficiario sobre el prestador que entregará el servicio, los cuales estarán autorizados por el Minsal (tanto públicos y privados).

¿Cuál es el monto a pagar?

Tanto el implante coclear, recambio de accesorios y reemplazo del procesador del habla cada 5 años, no tendrán costo para el beneficiario. Recuerda que están garantizados.

Fuentes:

  • Minsal
  • Fonasa
  • Superintendencia de Salud
  • Chile Atiende

Tags:pediatría
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